Las personas que consideren que han sido excluidas de la participación en el proceso de planeación del transporte metropolitano del Consejo de Transporte de la Región Capital, o que se les han negado sus beneficios, por motivos de raza, color, país de origen, sexo, edad, discapacidad o nivel económico, que son protegidos por el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y los estatutos y reglamentos relacionados, pueden presentar una queja al Consejo de Transporte enviando una queja por escrito a: Executive Director, Capital Region Transportation Council, 1 Park Place, Suite 101, Albany, New York 12205, o enviando correo electrónico a info@capitalmpo.org.
Si se necesita información en otro idioma, llame al teléfono 518-458-2161.
La identidad del quejoso solamente se divulgará con su consentimiento. Sin embargo, quizá no podamos investigar las acusaciones sin el permiso para divulgar la identidad del quejoso y la queja. Después de que el quejoso haya autorizado la divulgación de su nombre, solamente se informará sobre el contenido o los detalles de la queja a las personas involucradas directamente en la investigación, el procesamiento o la entrega de información pertinente para establecer los hechos.
El Consejo de Transporte responderá a todos los quejosos e investigará todas las quejas sobre las que tenga jurisdicción o control.
Quejas que impliquen al director ejecutivo
Si la queja implica al director ejecutivo del Consejo de Transporte, deberá presentarse una queja por escrito, dentro de un plazo de 30 días de la presunta infracción, al encargado de igualdad de oportunidades en el empleo (EEO, por sus siglas en inglés) de la CDTA, en sus oficinas en 110 Watervliet Avenue, Albany, NY 12206. Tras recibir una queja por presunta discriminación, el encargado de EEO hará una determinación inicial respecto a si se justifica una investigación completa. De ser así, puede iniciarse una investigación y pueden tomarse medidas precautorias o correctivas.
Durante la investigación, se mantendrá la confidencialidad en la medida de lo posible. Todos los empleados tienen la obligación de cooperar plenamente durante el transcurso de una investigación, y la negativa a cooperar puede constituir una infracción de esta política. Después de terminar la investigación, el encargado de EEO emitirá una determinación. Si se determina que ocurrió una infracción de esta política, la CDTA aplicará de inmediato medidas para remediar la situación. En caso de que se determine que un empleado del Consejo de Transporte infringió esta política, puede ser objeto de medidas disciplinarias que pueden llegar al despido, o de medidas correctivas.
Además del procedimiento del Consejo de Transporte, o en su sustitución, también pueden presentarse quejas directamente a la Administración Federal de Carreteras, en FHWA Office of Civil Rights, 1200 New Jersey Avenue SE, Washington DC 20590; a la Administración Federal de Transporte Público, en Federal Transit Administration Office of Civil Rights, Attention Title VI Program Coordinator, East Building, 5th Floor –TCR, 1200 New Jersey Ave., SE, Washington, D.C. 20590; o al Departamento de Transporte del Estado de Nueva York, en Office of Civil Rights, New York State Department of Transportation, 50 Wolf Road, 6th Floor, Albany, New York 12232, o bien pueden enviarse por correo electrónico a OCR-TitleVI@dot.ny.gov.
Todas las demás quejas
Debe presentarse una queja formal por escrito (ver el paso 2 a continuación) dentro de un plazo de 30 días calendario de la fecha del incidente o dentro de un plazo de 30 días calendario de la fecha de entrada en vigor del acto. Los límites de tiempo pueden extenderse si el quejoso no ha podido presentar la queja dentro del período previsto debido a circunstancias fuera de su control, o por otros motivos que el director ejecutivo del Consejo de Transporte considere suficientes.
Paso 1: Resolución informal (opcional)
Una persona puede, si lo desea, solicitar una resolución informal (oral) directamente al director ejecutivo del Consejo de Transporte. El quejoso debe tomar en cuenta que una reunión informal no cuenta para la fecha límite de 30 días calendario para presentar una queja. Solamente la entrega de una queja formal por escrito dentro del plazo de 30 días calendario satisface la fecha límite del Consejo de Transporte para presentar una queja.
Paso 2: Presentación de la queja
La persona inicia formalmente el procedimiento de queja al presentar una queja por escrito al coordinador del Título VI (director ejecutivo).
La queja debe presentarse en el formulario siguiente y debe estar tan completa como sea posible, y como mínimo debe incluir el nombre y la información de contacto de la persona, la fecha del incidente, la identidad de la persona, el programa o servicio que provocó la queja, el motivo por el que se considera que existió discriminación y la firma de la persona que presenta la queja. Si se solicita, pueden recibirse quejas de personas con discapacidades en formatos alternativos.
Las quejas en contra del Consejo de Transporte no serán investigadas por el Consejo, sino que se reenviarán al NYSDOT en un plazo de 10 días hábiles.
Se le enviará al quejoso una determinación por escrito de los méritos de la queja y las medidas correctivas en un plazo de 30 días calendario de la presentación de la queja.
Paso 3: Apelación de la determinación
El quejoso tiene derecho a apelar una determinación emitida por el coordinador del Título VI. La apelación debe incluir la queja original y una explicación de por qué se considera que la determinación y las medidas correctivas recomendadas son insatisfactorias.
El encargado de EEO de la CDTA deberá entregar por escrito sus determinaciones sobre los méritos de la apelación, así como las medidas correctivas, al Consejo de Transporte y al quejoso, en un plazo de sesenta (60) días calendario de que se reciba la apelación.
Esta decisión es la decisión definitiva en la estructura del Consejo de Transporte. Cualquier acción adicional referente a la queja debe hacerse por medio de la Administración Federal de Carreteras, en FHWA Office of Civil Rights, 1200 New Jersey Avenue SE, Washington DC 20590; la Administración Federal de Transporte Público, en Federal Transit Administration Office of Civil Rights, Attention Title VI Program Coordinator, East Building, 5th Floor –TCR, 1200 New Jersey Ave., SE, Washington, D.C. 20590; o el Departamento de Transporte del Estado de Nueva York, en Office of Civil Rights, New York State Department of Transportation, 50 Wolf Road, 6th Floor, Albany, New York 12232, o bien puede enviarse por correo electrónico a OCR-TitleVI@dot.ny.gov.